Grandes recuerdos me traen a la mente estas salinas a las que asocio -sin poder remediarlo- con mi niñez y con mi abuela paterna.

Éramos los encargados de ir, todos los años en vísperas de los mata-cerdos, en busca de la sal para el salazón. Mi corta edad sólo me capacitaba para hacerle compañía en el trayecto de poco más de una legua y escuchar pacientemente y con agrado sus historietas.

Mientras cruzábamos la cañada de la Fuente de la Mesta, siguiendo la vereda, me contó el por qué del tránsito de aquellos grandes rebaños, procedentes de Albarracín, camino del Reino. Junto a la fuente me habló de las Tierras de Ánimas que formaban parte de los bienes del Mayorazgo; y, mientras las cruzábamos y nos acercábamos al corral de Mariluna que la presidía, me habló de La Dehesa Vieja; llamada así por haber sido dada por los reyes a nuestros antepasados y primeros pobladores. Al pasar por el estrecho que daba paso al camino que salía a la derecha, me habló del Rento del Hoyo, que, como formaba parte de la gran dehesa, en otro tiempo perteneció a Alcalá.

Al aparecer el pueblo, recostado en la montaña y vigilado por la espadaña de su  graciosa iglesia en lo más alto, donde vivía su prima Modesta, me habló de la antigüedad de las salinas, primitivamente administradas y gobernadas por Moya; y cómo, poco a poco, se fue formando el pueblo a su alrededor.

A.C.C.I.,Caja 1, nº. 9

He aquí lo que dice este viejo pergamino del siglo XII que se conserva en el archivo de la catedral de Cuenca:

“Es conforme a la razón y especialmente conveniente para los reyes amar a las iglesias de Dios y a sus ministros y hacerles partícipes apaciblemente de los bienes recibidos de Dios y ayudar caritativamente en las cosas materiales.  Por lo tanto, yo, Alfonso, por la gracia de Dios rey de Castilla y de Toledo junto con mi esposa la reina Leonor, henchido de piedad y de misericordia, y por la salvación de mi alma doy y concedo a Dios y a la iglesia de Santa María de Cuenca y a toda la comunidad de canónigos de su iglesia  presente y futura el diezmo del Portazgo y de las salinas del castillo que se llama Cañete para ser tenido para siempre con derecho hereditario.

Si alguien se atreviera a romper o disminuir este privilegio de mi donación y concesión caiga plenamente la ira de Dios Omnipotente y con Judas, traidor del Señor, aguante las penas del infierno y pague mil monedas de oro y el daño que cause a la iglesia de Santa María de Cuenca lo devuelva duplicado.

Carta hecha en Uclés el 9 de abril de 1187

Y yo, el rey Alfonso, reinando en Castilla y en Toledo corroboro y confirmo esta carta con mi propia mano.

Conocido el contenido del documento, viene la pregunta: ¿dónde se encuentran o se encontraban las salinas  entregadas por Alfonso VIII a Cañete?

Ha habido quien ha pretendido colocarlas en el actual término de Cañete apoyándose en los vestigios que aparecen en las piedras que rezuman salitre en algún lugar del término. Pero del análisis de posteriores documentos del archivo de la catedral de Cuenca de los siglos XII, XIII y XIV podemos afirmar, sin lugar a duda, que estas salinas corresponden a las que todos los de la zona conocemos y que hemos visitado muchas veces: Salinas del Manzano.

En 1195 Alfonso VIII renueva el privilegio a la villa de Cañete[1] y Juan Yáñez, primer obispo de Cuenca, entrega de nuevolos diezmos de las rentas reales, es decir, del pan y del vino, de las quintas y de los portazgos, de un majuelo está al otro lado del río que se llama Júcar,  de la mitad de una heredad que está en la Hoz del Huécar,  de la tercera parte de las décimas de capilla, de todas las oblaciones de pan y de vino que son ofrecidas por su altar; de  la tercera parte de las décimas  de Uclés y de su término, de todas las piedras de moler que están por debajo del molino del rey, de Villar Seco con su término, de todas aquellas heredades que alguna persona privada o cualquier otra  diera a los canónigos en beneficio del refectorio o en beneficio del vestuario. Y da y concede también a los canónigos la mitad de los diezmos de todas las iglesias de Cañete y de su término y los diezmos del portazgo, de las quintas y de las salinas de Cañete, que dio el señor rey a los dichos canónigos para vestuario”.[2]

El 22 de marzo de 1222, Fernando III confirma los privilegios del portazgo y de las salinas concedidos por su padre Alfonso a Cañete e, igualmente, ofrece los diezmos de estas donaciones  al obispo don García y al Cabildo de Cuenca,[3]

En 1231, tras largos conflictos de don García y don Lope, obispos de Cuenca, con el Arzobispo de Toledo, don Rodrigo Giménez de Rada, y, pasados diez años después del largo y fracasado pleito en Burgos[4], con la intercesión del obispo de Tarazona, nombrado por el papa Gregorio IX para el caso[5],  el arzobispo admite los límites fijados entre las diócesis de Cuenca y Albarracín y los derechos diocesanos de Cuenca sobre Moya, cediendo sólo Santa Cruz a la diócesis segobricense[6].

Esta circunstancia  motivó a Fernando III a elevar el rango político de la villa de Moya y colocarla como cabeza y capital de la comarca rebajando a Cañete a la categoría de aldea y trasladando los privilegios que Alfonso VIII había concedido a Cañete, a Moya:[7]

“Quia vero villa que dicitur Moya postmodum populata fuit portaticum  quod solebat percipi in Caneto, quae nunc est aldea de Moya, percipiatur  in Moya quia portaticum quod  solebat percipi  in Valeria nunc percipitur in Alarcone.”

Lo que quiere decir:

Porque realmente la villa que se dice Moya fue poblada después, el portazgo que solía percibirse en Cañete, que ahora es aldea de Moya, que se perciba en Moya porque el portazgo que solía percibirse en Valeria ahora se percibe en Alarcón.

De esta manera pasaron a Moya todos los privilegios que Alfonso VIII otorgó a Cañete cuando dejó de pertenecer a los Azagra y se abriera el camino para que su iglesia dejara de pertenecer a Albarracín para formar parte de las iglesias de Cuenca, después de reconocer que en la época visigoda perteneció a Valeria.[8]

El Concejo de Moya adquirió, administro y arrendó las salinas a partir de 1231. Es de suponer que durante algún tiempo se hizo buen uso de estos privilegios y que el diezmo que correspondía al Cabildo era entregado puntualmente; pero también sabemos, a la luz de los documentos, que los arrendadores de las salinas no pagaban siempre al Cabildo aquello que por privilegio y tradición les correspondía.

Este documento nos lo dice claramente:

A.C.C. I., Caja 9, nº 23 21 de marzo 1282

“De mi, Infante don Sancho, fijo mayor et heredero del muy noble don Alfonso, por la gracia de Dios rey de Castilla, de Toledo, de León, de Galizia, de Sevilla, de Córdova, de Murcia, de Jahen y del Algarbe, a los arrendadores de las salinas de Fuente el Manzano y de las otras salinas que son en  termino de Cuenca, salut y gracia. Sepades que el Cabildo de los Canónigos de Cuenca se me enviaron querellar que aquellos meritos  y aquellos derechos que les avedes a dar por privilegios e por cartas que tiene del rey don Alfonso y del rey don Ferrando, mio avuelo, y del rey, mio padre, que gelos parades mal et que les non faredes las pagas segunt que las cartas mandan. Esto no tengo yo por bien si así es.  Unde nos mando que todos los méritos y los derechos que les ovieredes a dar por privilegios o por cartas que tengan de los reyes que se los dedes y se los cumplades en aquella guisa que lo ellos mandan et non faga defeudo al. Si non, tengo por bien et mando les permiten por ellos en aquella guisa que lo usaron en tiempo del rey don Alfonso y del rey don Ferrando, mio avuelo, y esto que lo fagan tambien a cristianos como a judios por estas cosas sobredichas y por los arrendamientos que de ellos fizieron o fizieren et de aquí adelante. Dada en Valladolit, martes, XXI día de abril. Era de Mil  CCC y veinte años.  Año 1282”

El 16 de junio de  1335  aparece una carta plomada de Alfonso XI, fechada en Cuenca, para que el concejo de Moya reconozca el privilegio del Cabildo a la percepción de 52 cahídes de sal anuales en las salinas de Fuente el Manzano.[9]

El 20 de abril de 1362, en Sevilla, se hace el traslado público de esta carta plomada de Alfonso XI, fechada en Cuenca el 16 de junio de 1335, para que los recaudadores de las salinas de Fuente el Manzano respeten un privilegio del Cabildo por el que les corresponde anualmente 52 cahídes de sal.[10]

El 3 de julio de 1362, en Cuenca, se hace el traslado autorizado de una provisión real de Pedro I, hecha en Sevilla el 8 de agosto de 1356, para que los arrendadores de las salinas de Fuente el Manzano entreguen al Cabildo la parte de sal que, según los     privilegios concedidos por sus antepasados, le corresponde[11].

El 14 de octubre de 1383, en Cuenca,  se hace nuevo traslado autorizado de la misma carta plomada de Alfonso XI del 16 de junio de 1335 para que el arrendador de las salinas de Fuente el Manzano entregue al Cabildo los 52 cahídes de sal que le corresponde anualmente[12].

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Ahora, muchos años después, al apreciar el valor y la credibilidad que tiene la tradición popular, ¡cómo me gustaría poderle decir a mi abuela que tenía mucha razón en sus medias verdades!

Niceto Hinarejos


[1] A.C.C.I., III, Inventarios, Leg. 74, nº 13  Privilegio rodado de Alfonso VIII el 10 de septiembre de 1195

[2] A.C.C.I., Caja 1, nº. 23. Pareja 16 de enero de 1195

[3] A.C.C.I., Caja 3, nº. 12. Burgos, 22 de marzo de 1222

[4] A.C.C.I., Caja 3, nº. 6,7,8,9,10  Burgos, mayo 1220

[5] A.C. de Toledo, I,4,N, I,18 Carta Apostólica de Gregorio IX

[6] A.C. de Albarracín, leg. 1, 1485, Brihuega, 30 de septiembre de 1232

[7] A.C.C.I., Caja 4, nº 16, Valladolid, 21 de marzo de 1231

[8] A.C.C.I., Caja 1,nº. 13

[9] A.C.C.I., Caja 18, nº. 5

[10] A.C.C.I., Caja 22, nº. 18

[11] A.C.C.I., Caja 22, nº. 21

[12] A.C.C.I.,Caja 25, nº 24